1. CUALIFICACIONES, UNIDADES Y CRÉDITOS

    En la Recomendación Europea ECVET[1], resultado de aprendizaje es “una afirmación de lo que el estudiante conoce, entiende y es capaz de hacer tras completar un proceso de aprendizaje, y se define en términos de conocimiento, habilidades y competencias”.

    De acuerdo a Cedefop (2014), un resultado de aprendizaje es “un conjunto de conocimientos, habilidades y/o competencias que una persona adquiere y/o es capaz de demostrar tras completar un proceso de aprendizaje”[2].

    Esta definición se centra en la dimensión de un resultado de aprendizaje conseguido en vistas al mercado laboral. Se puede diferenciar de resultados de aprendizaje esperados de un determinado curriculum de FP o de un proceso de formación concreto.

    De acuerdo a Tissot (2004)2, un resultado de aprendizaje es una afirmación precisa de lo que un/a estudiante puede hacer una vez que se han obtenido unos créditos con éxito.

    Los resultados de aprendizaje se pueden considerar (y se consideran en la tradición anglo-sajona= como vinculados al marco de una cualificación que define niveles:

    • Puede ser apropiado vincular los créditos o un número mínimo de créditos a ciertos niveles de un dado marco de cualificación.
    • Significaría que los créditos se vinculan dentro de los niveles y tienen consecuencias directas sobre la acumulación de créditos al introducir una nueva dimensión (nivel) cualitativa en la definición de crédito.

    En 2005, el Informe del Grupo de Trabajo para la Transferencia de Créditos mencionó que, “un sistema de créditos contribuye a la mejora de la calidad de los procesos de validación, y más especialmente, a la validación de la formación profesional. Tal sistema refuerza los vínculos entre los sistemas de cualificación y el mercado laboral. También permite la evaluación y validación de resultados de aprendizaje no formales”.[3]

    Los créditos están dirigidos mayormente a server como medidas cuantitativas de una parte sobre un todo.

    De acuerdo a la definición de la Comisión Europea[4], un sistema de créditos es una forma sistemática de describir un programa educativo vinculando créditos a sus componentes.

    Un programa de formación se caracteriza por un cierto número de recursos invertidos y calculado en base a la carga de trabajo del estudiante. En el enfoque básico ECVET, el foco se pone en que el programa de FP permita al estudiante tener un buen dominio de una combinación dada de conocimiento, habilidades y competencias correspondientes a un perfil profesional.

    Un crédito para “resultados de aprendizaje” (crédito) designa los resultados de aprendizaje de una persona que se han evaluado y que pueden acumularse dentro de una cualificación o transferirse a otros programas o cualificaciones”[5].

    Los créditos son una de las especificaciones técnicas ECVET que contribuyen a la implantación de ECVET a nivel nacional y europeo. Se usan por las autoridades, centros de FP, organismos competentes y estudiantes para apoyar acuerdos para la acumulación y reconocimiento de resultados de aprendizaje que llevan a una cualificación o una movilidad transnacional. Los créditos se asignan a las calificaciones y también a las unidades que las componen.[6]

    Los créditos, así como los créditos de unidades de resultado de aprendizaje, se asignan independientemente del método de aprendizaje. Se asignan:

    • Al mismo tiempo que las unidades de resultados de aprendizaje;
    • Si es necesario, tras la evaluación de un resultado de aprendizaje parte de una unidad.

    Un cierto número de créditos se asignan a cada cualificación particular. Las unidades que conforman esta cualificación son un cierto número de créditos, cuyo total corresponde al número total de créditos de una cualificación.

    Tabla 1: Ejemplo de créditos atribuidos a una cualificación y sus unidades:

    Cualificación/unidades Créditos
    Cualificación 60 créditos
    Unidad 1 20 créditos
    Unidad 2 15 créditos
    Unidad 3 10 créditos
    Unidad 4 15 créditos

    (Fuente: adaptado de la Comisión Europea, Directorate-General for Education and Culture (2005). European Credit System for VET (ECVET) Technical Specifications (Report of the Credit Transfer Technical Working Group). Brussels: Credit Transfer Technical Working Group, p. 13, 2005.)

    Los créditos se caracterizan con un nivel EQF.

    Tabla 2: Ejemplo de créditos atribuidos a una cualifiación, según el nivel EQF.

    Niveles Nivel de créditos
    4 Créditos L4
    3 Créditos L3
    2 Créditos L2
    1 Crédtos L1

    (Source: adapted from the European Commission, Directorate-General for Education and Culture (2005). European Credit System for VET (ECVET) Technical Specifications (Report of the Credit Transfer Technical Working Group). Brussels: Credit Transfer Technical Working Group, p. 14, 2005.)

    Es un principio que los créditos pueden ser transferidos, con ciertos límites como se define en los sistemas nacional, entre cualificaciones de distintos niveles. Por eso, los créditos asignados a una cualificación pueden combinar un cierto número de créditos de distintos niveles[7].

    1. ¿CÓMO ASIGNAR CRÉDITOS A CUALIFICACIONES Y UNIDADES?

    La asignación de créditos a una cualificación se basa en el uso de un acuerdo de forma que se asignan 60 créditos a los resultados de aprendizaje que se esperan conseguir en cada año de FP a tiempo completo.

    Como se especifica en la Recomendación Europea ECVET, “para una cualificación dada, un contexto formal de aprendizaje se toma como referencia y, en base a una convención, se asigna un número total de créditos a esa cualificación. De este total, los créditos ECVET se asignan a cada unidad de acuerdo a su peso relativo dentro de la cualificación.[8]

    El número de créditos expresa el peso/significancia relativa de una unidad de resultados de aprendizaje. De acero a la Recomendación ECVET, la asignación de créditos está sujeta a los siguientes enfoques o a una combinación de ellos:

    • Diferentes grupos de interés “valoran” las diferencias unidades de resultados de aprendizaje que forman parte de la cualificación de acuerdo a la importancia relativa de las unidades para el mercado laboral, por la progresión hacia otros niveles de cualificación o la integración social;
    • La complejidad, alcance y volumen de resultados de aprendizaje en la unidad (p.e. la complejidad, alcance y volumen del conocimiento) en relación a los resultados de aprendizaje de la cualificación en su conjunto. Habilidades y competencias en la unidad se evalúan de acuerdo a su proporción en las habilidades y competencias en general de la cualificación.
    • El esfuerzo necesario para el/a estudiante (estimación del esfuerzo, carga de trabaja o tiempo de aprendizaje necesario) para conseguir los resultados necesarios adquiridos en la unidad.

    Los créditos representan el volumen de resultados de aprendizaje conseguidos por la persona. Los créditos son:

    • Adquiridos por la persona al mismo tiempo que las unidades, sub-unidades, y si aplica, parte de una unidad;
    • Acumulados dentro del itinerario de aprendizaje;
    • Usados para indicar el progreso del/a estudiante;
    • Usados para indicar la compleción de un itinerario de aprendizaje individual que lleva a una cualificación

    Los créditos pueden usarse para permitir que un estudiante:

    • Se mueva de una cualificación a otra dentro del mismo nivel EQF;
    • Para moverse de un nivel de cualificación a otro;
    • Para moverse de un sistema de aprendizaje a otro.

    Los créditos no se reconocen de forma automática. El reconocimiento es una decisión que se toma a nivel nacional por los organismos competentes responsables de la cualificación o de su implementación (centros de formación, empresarios, ministerios, agentes sociales, organizaciones profesionales, cámaras de comercio…).

    Pero los créditos vinculados a los niveles EQF pueden aumentar la predictibilidad de las decisiones de reconocimiento. Pueden facilitar la conclusión de acuerdos de aprendizaje individuales y las convenciones de reconocimiento colectivas a nivel sectorial, regional, nacional o europeo. Estas convenciones de reconocimiento son parte de los Memorandum of Understanding y/o de los Acuerdos de Aprendizaje individuales ECVET.

    REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

     

    Cedefop; Coles, M.; Oates, T. (2005). European reference levels for education and training: promoting credit transfer and mutual trust. Etude commandée par la Qualifications and Curriculum Authority, Angleterre. Luxembourg: Office des publications. Cedefop panorama series; n° 109. http://libserver.cedefop.eu.int/vetelib/eu/pub/cedefop/pan/2005_5146_en.pdf

    Cedefop (2012a). The development of ECVET in Europe (2011). Luxembourg: Office des publications. Document de travail du Cedefop; n° 14. http://www.cedefop.europa.eu/EN/Files/6114_en.pdf

    Commission européenne (2011). Utiliser ECVET pour la mobilité géographique: partie II du guide des utilisateurs ECVET. http://www.cedefop.europa.eu/EN/Files/2011-08-02_ECVET_Users_Guide_MobilityFinal.pdf

    European Commission, Directorate-General for Education and Culture (2005). European Credit System for VET (ECVET) Technical Specifications (Report of the Credit Transfer Technical Working Group). Brussels: Credit Transfer Technical Working Group, 2005.

    European Parliament; Council of the European Union (2009). Recommendation of the European Parliament and of the Council of 18 June 2009 on the establishment of a European Credit System for Vocational Education and Training (ECVET). Official Journal of the European Union. 2009/C 155/02), pp. 11-18.

    Parlement européen; Conseil de l’Union européenne (2009). Recommandation du Parlement européen et du Conseil du 18 juin 2009 établissant le système européen de crédit d’apprentissages pour l’enseignement et la formation (ECVET). Journal officiel de l’Union européenne, C155, 08.07.09, pp. 11-18.

    http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:C:2009:155:0011:0018:EN:PDF

    Union européenne (2011). Using learning outcomes: European qualifications framework series: Note 4. Luxembourg: Office des publications.

    http://www.cedefop.europa.eu/EN/Files/Using_learning_outcomes.pdf

    WEBS DE REFERENCIA

    http://ec.europa.eu/education/lifelong-learning-policy/ecvet_en.htm

    http://ec.europa.eu/eqf

    http://www.ecvet-projects.eu

    http://www.cedefop.europa.eu/fr/events-and-projects/projects/learning-outcomes

    ANEXO I – HOJA TÉCNICA

    • Este marco pretende proporcionar:
      1. La descripción de un sistema de créditos;
      2. Los métodos para asignar créditos a cualificaciones y unidades.
    • Este marco pretende usarse para determinar:
      1. Créditos a cualificaciones y unidades de resultados de aprendizaje.
    • Este marco está dirigido al uso de escuelas, organismos públicos y prvados que participant en proyectos de movilidad europea.
    • Este marco pretende aplicarse en el context de la implantación de ECVET, especificamente, para reconocer los resultados de aprendizaje adquiridos por estudiantes de FP en una variedad de contextos de aprendizaje, tales como la participación en proyectos de movilidad europea.
    • Fase y etapa del circuito pedagógico en los que usar esta herramienta:

    Fase 1 – Antes de la movilidad

    Sección 2 – Preparación del proceso de reconocimiento

     

    [1] Recommendation of the European Parliament and of the Council of 18 June 2009 on the establishment of a European Credit System for Vocational Education and Training (ECVET).

    [2] Cedefop; Tissot, P. (ed.) Terminology of vocational training policy: a multilingual glossary for an enlarged Europe. Luxembourg: Publication Office, 2004.

    [3] European Commission, Directorate-General for Education and Culture (2005). European Credit System for VET (ECVET) Technical Specifications (Report of the Credit Transfer Technical Working Group). Brussels: Credit Transfer Technical Working Group, 2005.

    [4] Parlement européen; Conseil de l’Union européenne (2009). Recommandation du Parlement européen et du Conseil du 18 juin 2009 établissant le système européen de crédit d’apprentissages pour l’enseignement et la formation (ECVET). Journal officiel de l’Union européenne, C 155, 08.07.09, pp. 11-18.

    [5] Parlement européen; Conseil de l’Union européenne (2009). Recommandation du Parlement européen et du Conseil du 18 juin 2009 établissant le système européen de crédit d’apprentissages pour l’enseignement et la formation (ECVET). Journal officiel de l’Union européenne, C 155, 08.07.09, pp. 11-18.

    [6] European Commission, Directorate-General for Education and Culture (2005). European Credit System for VET (ECVET) Technical Specifications (Report of the Credit Transfer Technical Working Group). Brussels: Credit Transfer Technical Working Group, 2005.

    [7] El organismo competente, responsable de la cualificación, fija el nivel EQF de la cualificación respecto a criterios y descriptores contenidos en las especificaciones EQF.

    [8] Recommendation of the European Parliament and of the Council of 18 June 2009 on the establishment of a European Credit System for Vocational Education and Training (ECVET).